El Ministerio de Producción, a través de la Dirección de Fauna y Áreas Naturales Protegidas de la Subsecretaría de Recursos Naturales, dispuso la prohibición de la pesca, en cualquiera de sus modalidades, en puentes, diques, azudes, compuertas, vertederos aliviadores o cualquier otro tipo de obra hídrica que altere el régimen normal de las aguas.

 

También prohíbe hacerlo 300 metros aguas arriba y 300 metros aguas debajo de las mismas. Las infracciones a esta normativa serán sancionadas de acuerdo al reglamento de multa, leyes, disposiciones y decretos reglamentarios vigentes.

 

Fuente: Diario Chaco