A fines de diciembre las organizaciones presentaron un recurso extraordinario al considerar que la sentencia tenía potencial de efectos definitivos, y en el escrito presentado se expresaba textualmente: «estamos ante la eventual provocación de un daño en el medioambiente de insusceptible reparación ulterior, por lo que la resolución resulta equiparable a sentencia definitiva».

Sin embargo, la Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata consideró inadmisible el recurso, por lo cual reconfirmó la habilitación de la exploración sísmica a más de 300 kilómetros de la costa de la ciudad que ya había habilitado el 5 de diciembre pasado, según informaron fuentes judiciales.

La nueva decisión fue dada a conocer por los jueces Eduardo Jiménez y Bernardo Bibel y permitirá que las empresas contratadas puedan realizar los trabajos de retrospección sobre el Mar Argentino y detectar si hay hidrocarburos en la zona CAN 103.

De este modo, las prospecciones se deberán realizar a no menos de 50 kilómetros del sector que comprende la zona denominada «Agujero Azul», un área particular del Talud Continental en el que aves y mamíferos marinos se alimentan. También se dispuso que deberán incluirse como «observadores permanentes» a miembros del equipo «Pampa Azul», quienes «deberán velar por el cuidado del Monumento Natural Ballena Franca».