En el marco del artículo 41 de la constitución Nacional, que establece que todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado y que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes, la Argentina aprobó mediante la Ley N° 23.922 el llamado “Convenio de Basilea Sobre el Control de los Movimientos Transfronterizos de los Desechos Peligrosos y su Eliminación”.

El mismo, regula los desechos alcanzados, e incorpora definiciones, dentro de las cuales se encuentra la de “desechos” entendidos como sustancias u objetos a cuya eliminación se procede, se propone proceder o se está obligado a proceder en virtud de lo dispuesto en la legislación nacional.

Esta nueva normativa prohíbe la importación, introducción y transporte de todo tipo de residuos provenientes de otros países al territorio nacional y sus espacios aéreo y marítimo.