La protección de los animales domésticos o cautivos se encuentra enmarcada en la Ley Nacional n° 14.346, sancionada en 1954. La misma les otorga una figura jurídica. 

En ese sentido, la letrada Susana Dascalasky, abogada penalista especializada en Derecho Animal, declaró a Infobae que esta normativa “dio una herramienta que es la consideración de los demás animales como víctimas”, lo que los vuelve “sujeto de derecho”. De este modo, “no tienen dueños, sino que pasan a tener derecho a la dignidad, a la libertad, a la vida”. 

Tal como explican, “una de las principales características que tiene es que, al tratarse de una norma penal, es taxativa. De este modo, “únicamente se va a poder actuar cuando el hecho que consideramos delictivo, o el hecho punible, está expresamente indicado en los incisos de esa ley”; debe ser descrita textualmente.

Casos determinados

Un problema frecuente a la hora de denunciar maltrato animal es que ciertos actos considerados crueles no están tipificados como delitos en la ley vigente. Sin embargo, como ley penal, debe ser tomada en cualquier comisaría, no se trata de algo opcional. Si una comisaría se niega a tomarla, el denunciante tiene derecho a llevarse la información de quien no quiso avanzar y acusar por mal desempeño de funcionario público.

En la Ciudad de Buenos Aires también puede darse aviso de la situación a través de la página web del Ministerio Público Fiscal o llamando al 911. En el caso de las localidades pequeñas que carecen de fiscalías cercanas, el Juzgado de Paz puede tomarlo.

Para elevar una denuncia por maltrato animal, hay algunas cuestiones clave: ser testigo del hecho o poseer información fehaciente sobre él (por ejemplo, haberlo visto por redes sociales), ser mayor de 18 años y presentar las pruebas. Además, la Ley 14.346 reprime con prisión de quince días a un año a quien realice actos de crueldad a ciertas especies de animales.

 El sometimiento a trabajos de fuerza, cuando son excesivos y sin descanso, se enmarcan bajo la carátula de maltrato animal.
El sometimiento a trabajos de fuerza, cuando son excesivos y sin descanso, se enmarcan bajo la carátula de maltrato animal.

¿Crueldad o maltrato animal?

En este sentido, es importante distinguir los conceptos de maltrato y de crueldad. Se considera maltrato animal no alimentar en cantidad y calidad suficiente; golpear o lastimar sin justificación; someter a trabajos excesivos sin descanso adecuado; usar instrumentos que provoquen sufrimiento. Por otro lado, se define como crueldad animal matar a un animal con métodos crueles; causar sufrimientos innecesarios; intervenciones quirúrgicas sin anestesia (excepto veterinarios); experimentación en animales sin justificación científica.

Estos son algunos de los puntos más importantes de la Ley de Maltrato Animal. Te invitamos a seguir informándote para conocer cuáles son tus derechos y obligaciones. Por ejemplo, que aunque tenés que revelar tu identidad y dar tus datos ante las autoridades, podés solicitar que se preserven.