La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó los planteos de diversas organizaciones ambientalistas contra las actividades de exploración sísmica en el Mar Argentino, a más de 300 kilómetros de la costa de Mar del Plata.
La presentación fue desestimada por los votos de los jueces Horacio Rosatti, Juan Carlos Maqueda y Carlos Rosenkrant, con el argumento de que los recursos extraordinarios no se dirigen contra una sentencia definitiva o equiparable a tal.
El fallo indica que las actividades de prospección sísmica no deberán llevarse a cabo a una distancia menor a 50 kilómetros de la zona denominada ‘Agujero Azul’, la cual abarca una superficie de 148.000 kilómetros cuadrados y es considerada el primer eslabón de las cadenas tróficas del mar, además de ser el hogar de ‘especies vulnerables’ como corales, esponjas, estrellas y tiburones.
También, se estableció que las actividades podrán suspenderse inmediatamente ante la verificación de cualquier acontecimiento que dañe sensiblemente al ambiente y exigió a las autoridades un máximo nivel de control sobre las acciones.
Por su parte, el fallo aclara que lo que habilita es la exploración (que es lo que impedía la cautelar) sin dar valoraciones sobre un eventual proyecto de extracción.