El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, que conduce Juan Cabandié, resolvió crear el programa con el objetivo general de «Contribuir al aprovechamiento sostenible y a la conservación de la biodiversidad, a través de la valoración de los PFNM (Productos Forestales no Madereros)».
La Resolución 127/2022, publicada en el Boletín Oficial con fecha 01/04/22, detalla que “La implementación del Programa estará a cargo de la DIRECCIÓN NACIONAL DE BIODIVERSIDAD dependiente de la SECRETARÍA DE POLÍTICA AMBIENTAL EN RECURSOS NATURALES”.
Además, notifica que quedará a cargo de la Secretaría de Política Ambiental en Recursos Naturales “el dictado de normas complementarias, aclaratorias y modificatorias necesarias para llevar a cabo los objetivos del Programa conforme al art. 3° de la ley 19549”.
Los objetivos específicos de la norma son:
- Promover acciones de innovación, investigación, transferencia tecnológica y capacitación que contribuyan a potenciar el uso sostenible de los PFNM y su adecuada valoración y valorización como generadores de desarrollo y como herramienta para el uso sostenible de la biodiversidad.
- Promover el aprovechamiento sostenible de los PFNM, sobre la base del conocimiento científico y tradicional aplicado en toda su cadena de valor (prácticas de manejo, recolección, usos, aplicaciones, procesamiento de materias primas, asociativismo y comercialización), para lograr la igualdad entre los géneros y empoderar a las mujeres.
- Promocionar la incorporación, adaptación y mejora de tecnologías disponibles que permitan mayor eficiencia en el aprovechamiento de los PFNM, priorizando la conservación de la biodiversidad y las especies aprovechadas, así como de las técnicas de procesamiento y aplicaciones innovadoras, para garantizar modalidades de consumo y producción sostenibles.
- Promover la restauración de ecosistemas boscosos con especies nativas utilizadas para aprovechamiento de PFNM, que contribuyan a la estrategia de adaptación al cambio climático.
- Fortalecer el marco de gobernanza nacional y provincial para el manejo sostenible de PFNM del bosque nativo a escala de paisaje.
La norma se enmarca en el artículo 2º del Convenio sobre la Diversidad Biológica (CBD) donde se define al uso sostenible como “la utilización de los componentes de la diversidad biológica de un modo y a un ritmo que no ocasione la disminución a largo plazo de la diversidad biológica, con lo cual se mantienen las posibilidades de ésta de satisfacer las necesidades y aspiraciones de las generaciones actuales y futuras”, según figura en los considerandos de la misma.
Productos forestales no madereros
Los mismos son definidos como “todos los bienes de origen biológico, distintos de la madera, la leña y el carbón vegetal, y los servicios brindados por los bosques, otras áreas forestales y los árboles fuera de los bosques”.
Entre los Productos forestales no madereros (PFNM) encontramos una enorme variedad de árboles, arbustos, hierbas, lianas, epífitas, enredaderas, musgos, líquenes, helechos, hongos y animales vertebrados e invertebrados que son utilizados con distintos fines: alimenticios, aromáticos, artesanales, curtientes, farmacéuticos, forrajeros, medicinales, ornamentales, textiles, tintóreos y veterinarios, entre otros.
El bosque en su conjunto brinda una serie de servicios, ya que protege al suelo contra la erosión, ayuda a regular el régimen hídrico amortiguando los excesos y déficits de agua, fija y retiene el carbono atmosférico, es reservorio de variabilidad genética, es hábitat para la fauna silvestre, da sombra, embellece el paisaje, es símbolo religioso y espiritual, y brinda ámbitos de descanso, recreación y turismo.