La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) precisó el modo en que los proyectos de inversión o concesionario de obras nuevas de producción de energía renovable podrán solicitar la aplicación del beneficio de amortización acelerada en el impuesto a las Ganancias.
La resolución general dispone que los sujetos que posean el Certificado de Inclusión en el Régimen de Fomento de las Energías Renovables solicitarán la aplicación del beneficio, con Clave Fiscal, a través del servicio «Ley 26.190 Régimen de Fomento Nacional para el uso de fuentes renovables de energía».
Fuente: Grupo La Provincia
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